¿Puedo ampararme para evitar la CURP Biométrica? Esto dice la ley
La CURP biométrica es otra identificación oficial, por lo que será obligatoria para todos los mexicanos a partir del 2026 y aquí te compartimos si puedes ampararte para evitar el trámite.
Ante la implementación oficial de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos en México, una de las dudas más frecuentes entre la ciudadanía es si existe algún recurso legal, como el juicio de amparo, para evitar su registro o su uso.
Por tanto, en TELEDIARIO te compartimos si puedes ampararte para evitar tramitar la CURP biométrica, así como todos los detalles sobre su función, entrada en vigor y más.
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¿Qué es la CURP biométrica y para qué sirve?
La CURP biométrica es una versión avanzada y modernizada de la CURP tradicional. Su propósito es integrar datos biométricos, como huellas dactilares, reconocimiento facial y escaneo de iris, a la Clave Única de Registro de Población ya existente.
Esta incorporación de características físicas únicas e irrepetibles busca añadir un extra de seguridad, similar al desbloqueo de dispositivos con huella o rostro.
Por ello, se convertirá en la identificación nacional obligatoria y de aceptación universal, siendo la fuente única de identidad para mexicanos y extranjeros con estancia regular.
El formato de esta nueva CURP será físico y digital, y contendrá información esencial como el nombre completo, fecha de nacimiento, sexo o género y nacionalidad, además de los datos biométricos mencionados.
El objetivo primordial declarado por las autoridades es fortalecer la identificación de los ciudadanos, combatir la usurpación de identidad y facilitar diversos trámites.
Más allá de la seguridad, la CURP biométrica busca acelerar procesos legales y fortalecer la capacidad gubernamental en la búsqueda de personas desaparecidas. Entonces, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) será la encargada de integrar estos datos biométricos, respetando siempre la protección de los mismos.
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¿Desde cuándo se puede tramitar y cuándo será obligatoria la CURP biométrica?
La aprobación de la CURP biométrica es un hecho, ya que el decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 16 de julio y, a partir del 16 de octubre, podrá tramitarse a través de los módulos del Registro Nacional de la Población.
Por su parte, la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, aclaró que la nueva CURP biométrica no sustituirá a la credencial para votar expedida por el INE, y que ambas seguirán siendo identificaciones válidas.
Actualmente, se está operando un programa piloto en 24 estados del país, con 145 módulos disponibles en los registros civiles para la recolección de datos. Para la Ciudad de México, los 'chilangos' podrán acudir a las inmediaciones de la dependencia en la calle de Londres para realizar este trámite de manera personal.
¿Puedo tramitar un amparo contra la CURP biométrica?
El amparo en México es un medio de control constitucional diseñado para proteger a los ciudadanos de actos de autoridad que violen sus derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En teoría, cualquier acto gubernamental que se perciba como una transgresión a estos derechos podría ser sujeto de un juicio de amparo. Por tanto, la viabilidad de interponer un amparo contra la CURP biométrica dependerá en gran medida de los argumentos legales que se puedan brindar, tal y como sería la violación a la privacidad y protección de datos personales.
Sin embargo, hasta ahora no hay un precedente directo de amparos masivos contra un sistema de identificación biométrica de esta magnitud implementado por el Estado. Aunque sí existen litigios relacionados con la protección de datos personales.
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SCM
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