Congreso de Guanajuato aprueba prohibir las terapias de conversión: penas van de 2 a 6 años
Las penas son para quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier método destinado a modificar la orientación sexual o identidad de género.
Con 32 votos a favor y tres en contra, el Congreso de Guanajuato aprobó la prohibición de las llamadas terapias de conversión, prácticas que durante años han sido denunciadas por organizaciones de derechos humanos por atentar contra la dignidad e integridad de las personas. La reforma establece penas de 2 a 6 años de prisión para quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier método destinado a modificar la orientación sexual o identidad de género.
Además, cuando estas acciones se cometan contra menores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores, personas privadas de la libertad o individuos sin capacidad plena para comprender el procedimiento, las sanciones podrán incrementarse hasta en una cuarta parte, al considerarse agravantes por la situación de vulnerabilidad de las víctimas.
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Durante la discusión, la diputada de Morena, Miriam Reyes Carmona, celebró que Guanajuato avance en la protección de los derechos humanos y reconozca que ninguna persona debe vivir con miedo o vergüenza debido a su orientación sexual.
“Esto es una exigencia de justicia y de humanidad, porque los Ecosic no son terapias ni tratamientos médicos; son prácticas crueles, ineficaces y discriminatorias que buscan cambiar algo que no necesita corregirse. Atenta contra la libertad personal y la integridad de las personas”, afirmó desde tribuna.
Por su parte, Susana Bermúdez Cano, del Partido Acción Nacional, indicó que las tres iniciativas contenidas en el dictamen carecían de viabilidad jurídica y constitucional, además de haber algunas incongruencias en la redacción.
“Se escucha muy bonito que salva vidas este dictamen, pero es falso, es mediáticamente imposible con la redacción como se encuentra, lo cual nos lleva a considerar que no se justifica la creación de un nuevo tipo penal autónomo como lo pretenden los iniciantes y el dictamen, pues todas aquellas conductas que atentan contra los derechos de cualquier persona, máxime cuando se trata de víctimas menores de edad con discapacidad como ocurre en el planteamiento de esas iniciativas, son reprobables y por ello la ley penal ya castiga la violencia”, puntualizó.
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La legisladora por el Partido Verde, Luz Itzel Mendo González, detalló que estas prácticas ocasionan un daño a las personas y en las juventudes de la comunidad LGBTTTIQ+ el cual les deja un daño psicológico severo, dándoles a entender que ellas son las del problema, en el cual enfatizó que las terapias de reconversión son actos violentos y de crueldad, por lo que en Guanajuato estas acciones tenían que ser un delito.
“Las infancias y juventudes que las experimentan, en muchas ocasiones han pensado en quitarse la vida, convencidas de que son el problema, porque quienes lo deberían de proteger y aceptar sin importar nada, les dijeron que su forma de amar era una enfermedad, un pecado y una vergüenza, pero en este contexto el error más grande que ha prevalecido en nuestro estado es haber permitido que estos lugares, estas terapias, operen impunemente”, puntualizó.
Tras esta aprobación,estas prácticas que quedan prohibidas en el estado de Guanajuato, acciones que se realizaban para ‘reorientar’ la sexualidad de las personas, que de acuerdo con las legisladoras que votaron a favor, iban desde el maltrato físico como el psicológico.
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