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¿Vives en unión libre? Ya no perderás tu pensión si tu pareja fallece

Por años, muchas personas en concubinato quedaban desprotegidas al fallecer su pareja. Ahora, la SCJN acaba de dictar un fallo histórico en Nuevo León: la pensión compensatoria no muere con la pareja.

Monterrey, Nuevo León /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un hito para la economía de las familias en unión libre de Nuevo León, pues gracias a un fallo ahora cambiará la situación de una persona en caso de que su pareja falte.

Si alguna vez te has preguntado qué pasaría con tu estabilidad financiera si tu pareja (concubino) llegara a fallecer, este fallo del 28 de enero de 2026 es fundamental para ti. 

¿En qué consiste el fallo de la SCJN sobre protección a concubinos?

El máximo tribunal eliminó la barrera legal que dejaba desprotegidas a miles de personas tras el fallecimiento de su concubino.

Hasta hace poco, leyes en estados como Nuevo León establecían que la obligación de pagar una pensión terminaba con la muerte de la pareja.

Esta "trampa legal" asumía que, si la relación no acababa por separación sino por fallecimiento, el sobreviviente no tenía derecho a reclamar apoyo económico.

Sin embargo, la Corte ha determinado que extinguir la pensión compensatoria por muerte es inconstitucional, ya que viola los derechos humanos y el principio de igualdad.

¿Cuál es el antecedente en este fallo de la SCJN?

El cambio surgió tras el caso de un hombre que, tras 30 años de concubinato, demandó a la sucesión (herederos) de su pareja fallecida para obtener una pensión que le permitiera subsistir.

Aunque tribunales locales le negaron el derecho, la SCJN concluyó que:

  • La muerte disuelve el concubinato, pero no el derecho a la protección.
  • El fallecimiento puede generar un desequilibrio económico grave que debe ser atendido legalmente. 

Herencia y pensión compensatoria, ¿cuáles son las diferencias?

Es importante entender que estos dos conceptos son compatibles y no se excluyen entre sí:

  • Derechos hereditarios: Se refieren a la propiedad de bienes (casas, autos, ahorros) que el fallecido dejó.
  • Pensión compensatoria: Tiene naturaleza asistencial y resarcitoria. Busca corregir el daño económico de quien se dedicó al hogar y no generó ingresos propios.

Asimismo, es muy importante aclarar que recibir una herencia no anula tu derecho a una pensión mensual si esta es necesaria para vivir con dignidad. 

¿Fallo sobre ley protege a familias homoparentales?

Este fallo refuerza la protección para la clase media y sectores vulnerables, reconociendo la realidad de las familias modernas.

La sentencia especifica que esta protección aplica para todas las parejas en concubinato, sin importar su orientación sexual, incluyendo explícitamente a la comunidad LGBTTTIQ+.

De esta manera, con este nuevo criterio, los jueces deben analizar los casos con perspectiva de igualdad, fijando montos basados en la herencia líquida disponible para evitar el desamparo. 

rcm

Roberto Carson
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