¡Hasta 34 MIL PESOS! De cuánto sería la multa a empresas que incumplan la Ley Silla en Coahuila
En los próximos días se incrementará el número de inspectores por región a fin de corroborar que se cumpla con la “Ley Silla”.
A fin de poder tener una mejor cobertura en las inspecciones que realiza la Secretaría del Trabajo en Coahuila, la titular de la dependencia, Nazira Zogbi Castro, aseguró que en los próximos días, se incrementará el número de inspectores por región, lo que permitirá aumentar el número de visitas diarias en las empresas, por el tema de la llamada 'Ley Silla'.
La funcionaria estatal, aseguró que aunque se ha establecido un plazo de dos meses para que las empresas realicen las adecuaciones, ya se está trabajando con algunas empresas en el cumplimiento de esta nueva legislación, dentro de una etapa de sensibilización.
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Nazira Zogbi, agregó que en los próximos meses, esperan realizar las visitas a las cerca de 5 mil empresas que por su giro, tendrán que ser inspeccionadas por el gobierno del estado.
Añadió que las sanciones para quienes incumplan con la Ley Silla, pueden ser de hasta 34 mil pesos, ya que la multa varía en relación a la gravedad de la falta.
“Estamos reformulando los check list de inspección para que vengan las condiciones que van a revisar en las inspecciones que llevemos a cabo y se aplican a través de la autoridad federal”, comentó Nazira Zogbi, titular de la Secretaría del Trabajo.
“Nosotros hacemos inspección donde identifiquemos irregularidades, primero como cualquier implementación, le damos oportunidad a la empresa para que pueda subsanar la recomendación, les damos aproximadamente 5 días aproximadamente, regresamos y si no está subsanada damos vista a la inspección federal para que ellos apliquen las sanciones correspondientes. La sanción por no cumplir la Ley Silla va dependiendo de la gravedad”, indicó la titular de la dependencia.
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¿Cómo funciona la Ley Silla?
Las empresas deberán cumplir con lo siguiente para cumplir con la "Ley Silla":
Provisión de asientos: Contar con un número suficiente de sillas con respaldo para que todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y actividades análogas puedan utilizarlas, tanto en el desempeño de sus funciones como en sus descansos periódicos durante la jornada laboral.
Ubicación adecuada: Asegurar que los asientos destinados a los descansos estén ubicados en áreas específicas dentro del lugar de trabajo, facilitando su acceso y uso adecuado por parte del personal.
Evitar restricciones indebidas: Prohibir cualquier práctica que obligue a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada laboral o que les impida hacer uso de los asientos mientras realizan sus labores.
Regulación en el Reglamento Interior: Incluir en el Reglamento Interior de Trabajo los períodos de descanso obligatorios, así como las normas específicas que regulen el uso de sillas durante la jornada laboral, garantizando su cumplimiento.
El decreto establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) deberá emitir las normas correspondientes sobre factores de riesgo laboral en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a su entrada en vigor.
JVS
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