Conductora realiza mala maniobra y atropella a abuelito en Gómez Palacio
Lorenzo Velázquez Macías de 64 años de edad, quien salió proyectado a la cinta asfáltica recibió atención de Paramédicos de Cruz Roja.
La conductora de un auto que realizó una mala maniobra sin la precaución correspondiente, impactó a una persona de la tercera edad que viajaba en su triciclo, quien resultó con lesiones que ameritaron su hospitalización mientras que la presunta responsable fue puesta a disposición de la autoridad.
Lorenzo Velázquez Macías de 64 años de edad, quien salió proyectado a la cinta asfáltica recibió atención de Paramédicos de Cruz Roja para ser ingresado al Hospital General de la ciudad de Gómez Palacio, Durango; por contusiones en diferentes partes del cuerpo y fractura en pierna derecha.
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Hombre atropellado iba para su casa en Gómez Palacio
El afectado que se dirigía a su domicilio de la colonia José Rebollo Acosta, fue arrollado la tarde del martes sobre bulevar José Rebollo Acosta y calle México 90 del sector habitacional Hijos de Campesinos.
La unidad que lo impactó de manera aparatosa es de la marca Nissan, línea Versa, color azul, conducido por Pamela de 35 años de edad, quien fue presentada por Peritos Vialidad ante el Agente del Ministerio Público por lo que resulte en su contra.
El vehículo fue asegurado por la autoridad en mención y trasladado al corralón municipal, hasta deslindar responsabilidad de la mujer que lo conducía.
Cuál es la pena legal por atropellar a alguien en el estado de Durango
En el estado de Durango, México, las sanciones legales por atropellar a una persona varían según las circunstancias del hecho y las consecuencias para la víctima, conforme al Código Penal del Estado.
Lesiones culposas
Si el atropello causa lesiones y se considera un delito culposo (sin intención), las penas pueden ser:
De tres meses a cinco años de prisión.
Multa de dieciocho hasta trescientas sesenta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Suspensión hasta por cinco años o privación definitiva de derechos para ejercer profesión u oficio.
Estas sanciones pueden aumentar si el conductor se encontraba en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que impidan o perturben su adecuada conducción.
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Homicidio culposo
Si el atropello resulta en la muerte de la víctima, las sanciones pueden ser:
De dos a cinco años de prisión.
Multa de noventa y tres a trescientas sesenta veces la UMA.
Estas penas se incrementan si el conductor se encontraba en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias, o si huye del lugar del accidente sin prestar auxilio.
Factores agravantes
Las penas pueden ser más severas si:
El conductor manejaba un vehículo de transporte público, escolar o de carga.
Se encontraba en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias.
Huyó del lugar del accidente sin prestar auxilio.
En estos casos, las sanciones pueden incluir:
De cinco a diez años de prisión.
Multa de trescientas sesenta a setecientas veinte veces la UMA.
Destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación para obtener otros de igual naturaleza.
EC
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