Condenan a trailero y a su ayudante por tráfico de migrantes en Nuevo León
La Fiscalía General de la República dio a conocer las sentencias de 15 y 13 años de prisión para el trailero y su ayudante respectivamente.
Un trailero y su ayudante recibieron sentencias de 15 y 13 años de cárcel, respectivamente, luego de que, en 2023, fueron detenidos en el municipio de General Bravo, Nuevo León cuando transportaban a 139 indocumentados centroamericanos.
El Ministerio Público Federal de la Fiscalía General de la República (FGR) delegación Nuevo León aportó las pruebas suficientes para confirmar la responsabilidad de Juan “N” y Marco “N”.
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Uno de los detenidos identificado como Juan “N”, fue condenado a purgar en el penal una condena de 15 años, en tanto que, a su cómplice, de nombre Marco “N”, le impusieron una sentencia de 13 años.
La condena fue dada a conocer por la FGR delegación Nuevo León a través de un comunicado, donde especificó que los indocumentados eran originarios de Guatemala, Honduras y El Salvador, quienes viajaban en la caja de un tráiler por la carretera a Reynosa en mayo de 2023.
¿Qué dice el Código Penal Federal sobre el tráfico de migrantes?
El Código Penal Federal de México tipifica el tráfico de migrantes como un delito en el Título Séptimo, Capítulo II, bajo el nombre de "Tráfico de indocumentados", aunque el término actual y más común en legislación es "tráfico de migrantes". La legislación aplicable se encuentra principalmente en el Artículo 159.
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Código Penal Federal – Artículo 159 (tráfico de migrantes)
Este artículo establece lo siguiente (resumen de lo más relevante):
Artículo 159.
Comete el delito de tráfico de migrantes quien, con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio, promueva, facilite, induzca, ayude, colabore o permita la entrada de una o varias personas al territorio nacional, su tránsito o salida del mismo, sin cumplir con los requisitos legales.

Sanciones:
- Pena de prisión: de 6 a 12 años.
- Multa: de quinientos a mil días de salario mínimo.
Agravantes:
Las penas se incrementan hasta en una mitad si:
- Hay violencia o riesgo para la vida o la integridad del migrante.
- El delito es cometido por un servidor público.
- Se pone en peligro la vida, salud o libertad del migrante.
- La persona traficada es menor de edad.
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