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Tania “N”, exalcaldesa de Múzquiz, es vinculada a proceso; se queda en prisión preventiva en Saltillo

La audiencia en contra de Tania “N” se realizó de manera privada, y tuvo una duración de cinco horas, en las que se presentaron los elementos de prueba por parte de ambas partes.

Saltillo, Coahuila /

La exalcaldesa de Múzquiz, Tania "N", fue vinculada a proceso la mañana de este jueves, por su probable participación en la comisión del delito de ejercicio abusivo de funciones y peculado, dentro de la causa penal 1241/2026.

Tras la audiencia realizada en el Centro de Justicia Penal de Saltillo, un juez estableció la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa y justificada, y otorgó seis meses para la presentación de la investigación complementaria.

La audiencia se realizó de manera privada, y tuvo una duración de cinco horas, en las que se presentaron los elementos de prueba por parte de ambas partes.

Según la información oficial, la exalcaldesa enfrenta un proceso por el delito de ejercicio abusivo de funciones, en la modalidad de adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones o colocación de fondos realizados ilegalmente.

De igual manera, también se lleva el proceso por el delito de peculado en su modalidad de disposicion de bienes muebles en cuantía mayor.

Tras la conclusión, el juez determinó que existen elementos suficientes para establecer la vinculación a proceso de Tania Flores, por el delito de ejercicio abusivo de funciones y peculado, así como mantener la medida de prisión preventiva, que se había ordenado desde la audiencia inicial.

Un juez vinculó a proceso a la exalcaldesa Tania Flores por peculado y ejercicio abusivo de funciones. Dictan 6 meses de investigación en prisión.
Tras la audiencia realizada en el Centro de Justicia Penal de Saltillo, un juez estableció la medida cautelar de prisión preventiva.| Daniel Santiago

El delito de ejercicio abusivo de funciones se contempla en el artículo 448 del Código Penal del Estado de Coahuila, y tiene una penalidad que va de los 3 a los 5 años de prisión, mientras que el peculado en cuantía mayor, establecido en el artículo 453, contempla una penalidad que puede ir de los 5 a los 12 años de prisión.




JVS


Daniel Santiago
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