Exhuman cuerpo de José, quien murió atropellado en Arteaga; será trasladado a Michoacán
El hombre había sido reportado desaparecido en Monterrey el 24 de noviembre de 2024.
El cuerpo de un hombre que se encontraba sin ser reclamado en el panteón municipal La Paz, situado sobre la carretera libre Torreón - Saltillo, fue exhumado por las autoridades de la Fiscalía General del Estado de Coahuila (FGE).
José Rodolfo Contreras Ramos había sido reportado desaparecido en Monterrey el día 24 de noviembre del año 2024, siendo días después que apareció atropellado y sin vida en la carretera 57, a la altura del ejido Huachichil, en Arteaga.
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Fue la mañana de este martes 8 de julio cuando el camposanto fue cerrado por efectivos de la Agencia de Investigación Criminal a fin de llevar a cabo los trabajos.
Los restos de Contreras Ramos fueron reclamados por sus familiares semanas después del accidente en el mes de diciembre de 2024.
Tras ser sometidos a las pruebas de ADN correspondientes, los resultados se obtuvieron este mes de julio de 2025 y fueron positivos, por lo que se dio paso al protocolo de exhumación para su posterior traslado al municipio de José Sixto Verduzco, en el estado de Michoacán.
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¿Qué es una exhumación?
Etimológicamente se deriva del latín: la palabra ex que significa fuera y humus, tierra. La exhumación consiste en extraer un cadáver, su esqueleto o sus reliquias de su sepultura para llevarla a otra parte, según un artículo publicado por el doctor Boris José Bossio, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Se contemplan varios tipos de exhumación, los cuales son los siguientes:
*Administrativa
Se efectúa en los cementerios por razones de salubridad o por vencimiento de la concesión funeraria, tiene razón de ser mayormente por principios de utilidad pública o social.

*Por solicitud de parte interesada
Cuando la familia del sepultado u otra persona que alegue de manera manifiesta algún interés o derecho, que pretenda trasladar los restos mortales o incinerarlos, entonces se establece lo referente a los lapsos y a las condiciones especiales para ordenar la exhumación, el cual prevé un lapso de 5 años de haber sido enterrados, o autorizados por la primera autoridad civil, cuando la parte interesada ha manifestado de una manera contundente las necesidades del traslado y se ha sometido a consideración de dicho funcionario para su aprobación.
JVS
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