Atención. Revisa aquí para quiénes es OBLIGATORIO tramitar la CURP biométrica
Una reforma publicada en el DOF establece la nueva cédula de identidad con huellas dactilares y fotografía. Te explicamos cómo te afecta, para qué trámites será indispensable y cuáles son los plazos.
El 16 de julio del 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que establece que la CURP con datos biométricos será el nuevo documento nacional de identificación obligatorio, para todos.
Esta medida marca un cambio fundamental en la manera en la que los mexicanos se identificarán ante el Estado y los particulares.
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¿Qué implica que la CURP Biométrica sea obligatoria?
La reforma a la Ley General de Población y a la Ley en Materia de Desaparición obliga a la Secretaría de Gobernación a integrar los datos biométricos de la población a la Clave Única de Registro de Población.
El objetivo es claro: dotar al Sistema Nacional de Búsqueda de herramientas tecnológicas más robustas, como la Plataforma Única de Identidad, para agilizar y hacer más efectivas las labores de localización.
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¿Qué es y qué contiene la Nueva CURP Biométrica?
La CURP biométrica no es solo el código alfanumérico tradicional. Es un documento de identidad ampliado que incorpora características físicas únicas e irrepetibles. Contendrá:
- Nombres y apellidos completos.
- Fecha y lugar de nacimiento.
- Sexo o género.
- Nacionalidad.
- Fotografía (rostro).
- Huellas dactilares.
Este documento se expedirá sin costo en sus dos versiones: una física (plástico o papel de seguridad) y una digital, que estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para su uso en trámites en línea.
¿Para Quiénes es OBLIGATORIA?
La respuesta es contundente: para todos los mexicanos y residentes en México. El decreto establece que la CURP biométrica es de "aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional".

Esto significa que, de manera progresiva, toda la población deberá actualizar su clave para incluir sus datos biométricos.
Si bien el proceso se implementará por etapas, el decreto es claro sobre su obligatoriedad. Un programa especial se coordinará con los tres órdenes de gobierno para integrar los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, garantizando que desde temprana edad cuenten con esta identificación segura.
Trámites que la requerirán y dónde se tramita
A partir de la entrada en vigor del decreto, las instituciones públicas y privadas tienen un plazo de 90 días naturales para adaptar sus procedimientos. Pronto, será obligatorio presentar la CURP biométrica para acceder a:
- Programas sociales (como Pensiones para el Bienestar, Sembrando Vida, etc.).
- Trámites bancarios (apertura de cuentas, solicitud de créditos).
- Servicios de salud (afiliación o atención en instituciones públicas).
- Inscripciones y reinscripciones escolares en todos los niveles.
- Trámites migratorios.
El lugar designado para realizar este trámite serán las oficinas del Registro Civil en todo el país, que se equiparán para la captura segura de los datos biométricos.
Ante la sensibilidad de la información, el decreto enfatiza que los datos biométricos estarán protegidos conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, garantizando los principios de licitud, consentimiento y seguridad.
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