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¡Miércoles de 2 x 1! Estos autos no circulan el 4 de mayo en CdMx y Edomex

Te decimos qué autos están exentos y el horario de la restricción para los vehículos que no respeten el programa este lunes en el Estado y la Ciudad de México.

Redacción Ciudad de México. /

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que durante el 4 de mayo de 2022 se aplicará doble hoy no circula en el Estado y la Ciudad de México, debido a las altas concentraciones de ozono, por lo que aquí te decimos qué autos no podrán transitar en las calles mañana.

A través de un comunicado, la CAMe destacó que la suspensión de la circulación en el Valle de México será desde las 05:00 a las 22:00 horas, con los siguientes hologramas.

Doble hoy no circula CdMx y Edomex

Durante el miércoles 4 de mayo, según la CAMe, se aplicará doble hoy no circula debido a la contingencia ambiental por la presencia de ozono en el Valle de México, por lo que no podrán circular los vehículos que cuenten con las siguientes características. 

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4 .
  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma dos.
  • Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea par.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o el Estado de México.
  • Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas.

Vehículos exentos al hoy no circula 

La Comisión Ambiental detalló que el doble hoy no circula no aplicará para todos los vehículos, por lo que aquí repasamos quiénes están exentos a la medida y, por consiguiente, a las multas. 

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color rosa, terminación de placa 7 y 8.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por el covid-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

KT

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