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Cuál es la edad de jubilación en México según el IMSS

En estos días es muy importante saber en qué momento podremos jubilarnos, por eso es vital tener información que nos ayudará cuando queramos hacerlo. Aquí te explicamos un poco sobre la edad para tu jubilación de acuerdo al IMSS.

México /

​Entre las dudas de los mexicanos, surgen las que están relacionadas con la edad de jubilación. Cabe destacar que esta depende de acuerdo a la ley en la que hayas comenzado a cotizar y la pensión que solicites. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tiene diferentes modalidades para poder obtener tu jubilación, cada una de estas tiene sus requisitos.

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

En esta pensión debes de tener 60 años o más, asimismo contar con al menos 500 ó 1,000  semanas de cotización en cualquiera de las dos leyes, ya sea la Ley del Seguro Social 1973 o en la Ley del Seguro Social 1997 y haber sido inscrito antes del 1 de julio de este año, además de tener tus derechos vigentes y encontrarte en baja del Régimen Obligatorio de la Ley.



Pensión por vejez 

Para solicitar esta pensión debes de tener contemplado que son más años, pues como asegurado debes haber cumplido los 65 años de edad y encontrarte bajo el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.

Las diferencias para obtener una pensión por cesantía de edad avanzada o vejez: La edad es una punto importante
Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez/IMSS


Para la Ley del Seguro Social 1973:

Debes tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión, tu baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social. Asimismo, tener registradas ante el IMSS, mínimo 500 semanas de cotización y haber cotizado antes del 1 de julio de 1997. Debes encontrarte dentro del período de conservación de derechos, esto contempla la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, comenzando a contar a partir de la fecha de tu baja.

Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

Bajo esta ley, de igual manera debes tener 65 años al momento de presentar tu solicitud de pensión. Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social, y tener registradas ante el IMSS 1,250 semanas de cotización




Retiro anticipado

En este caso, el asegurado tiene la opción de poder jubilarse antes de cumplir los 60 años, esto depende de los recursos que tenga, ya que deben ser suficientes para contratar una renta vitalicia con una aseguradora y que el monto de la pensión calculada sea mayor en un 30% a la que el gobierno garantiza, cabe destacar que si tienes beneficiarios debes cubrir el seguro de sobrevivencia de los mismos. 

Además esto debe cumplirse bajo los siguientes requisitos:

  • Tener tu baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • Tener registradas ante el IMSS, mínimo 1,250 semanas de cotización

¿Cómo tramitar mi pensión?

Finalmente, te recomendamos que para inicies tu trámite acudas a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar más cercana, con la siguiente documentación: 

  • Identificación oficial con fotografía vigente
  • Comprobante de domicilio, cuya fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud
  • Documento expedido por la institución de crédito en el cual se identifique el Número de Cuenta y CLABE, a favor del beneficiario para recibir el pago de la pensión o del subsidio

Cabe aclarar que la mayoría de veces esta documentación cambia de acuerdo a la ley y el modo en que te pensiones.


¿Es lo mismo la jubilación del ISSSTE?

No es lo mismo, aunque en ambos la edad generalmente es la misma, cabe aclarar que el ISSSTE tiene un nuevo esquema de jubilación. Pero aún así difieren en muchos aspectos, como el aguinaldo anual, el seguro médico, la ayuda funeraria,  los prestamos personales, aportaciones voluntarias, el pago de pensión, etc. Básicamente, ninguna es mejor ni peor, todo depende de tu edad, años trabajados y tu régimen bajo el que comenzaste a cotizar. 

Los regímenes de pensión en el ISSSTE y sus características
Pensiones ISSSTE/ ISSSTE










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