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Tesla: Estos son los permisos que necesita para usar el agua de NL

La empresa automotriz tendrá que obtener varios permisos para poder operar la planta que se desarrollará en el municipio de Santa Catarina

Fanny Miranda Monterrey, Nuevo León /

La explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales superficiales y subterráneas, se realiza mediante una concesión o asignación que es otorgada por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a través del Trámite Conagua-01-003 A “Concesión/Asignación de aguas nacionales superficiales”, pero si dicha explotación requiere realización de obras, los promoventes deberán presentar trámites adicionales, que incluyen la solicitud de Autorización de Impacto Ambiental, que se presenta ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Tesla anuncia vacantes para su nueva fábrica en Nuevo León / Telediario
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Este viernes, en la conferencia matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que no entregará los permisos a la empresa automotriz Tesla, para instalar una planta en Santa Catarina, Nuevo León, debido a la baja disponibilidad del agua. Emitir dichas autorizaciones, corresponde a la Conagua, de conformidad con el carácter público del recurso hídrico.

En ese sentido, los propios reglamentos del trámite establecen que “el otorgamiento de una concesión o asignación se sujetará a lo dispuesto por la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento y tomará en cuenta la disponibilidad media anual del agua, que se revisará al menos cada tres años, conforme a la programación hídrica”.

La situación del agua en Nuevo León es compleja desde hace varios años. | Archivo
La situación del agua en Nuevo León es compleja desde hace varios años. | Archivo


Para el otorgamiento de la concesión a la industria, la Conagua también tomará en cuenta, los derechos de explotación vigentes, el uso o aprovechamiento de agua inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua; el reglamento de la cuenca hidrológica que se haya expedido; la normatividad en materia de control de la extracción, así como de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas; y la normatividad relativa a las zonas reglamentadas, vedas y reservas de aguas nacionales existentes en el acuífero, cuenca hidrológica, o región hidrológica de que se trate.

Además del Trámite Conagua-01-003 A, se requiere realizar el Trámite Conagua-02-002 “Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica” en caso de que se requieran obras que pudieran afectar el régimen hidráulico o hidrológico de los cauces o vasos de propiedad nacional o de las zonas federales correspondientes.

“La Conagua supervisará la construcción de las obras y podrá en cualquier momento adoptar las medidas correctivas necesarias para garantizar el cumplimiento del permiso y de dichas normas”.

De acuerdo con la Subdirección General de Administración del Agua, cuando se pretenda llevar a cabo alguna obra o actividad señalada en el Artículo 5° del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se requiere previamente autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Una vez que el promovente ha iniciado el trámite, la Conagua dará respuesta en un plazo de 60 días hábiles a partir de la fecha de presentación “estando debidamente integrado el expediente, esto es haber entregado en su totalidad los datos y documentación requeridos”.


Niveles de presas de Monterrey


La Zona Metropolitana de Monterrey se abastece principalmente de fuentes superficiales de agua. Al corte de este 24 de febrero, la principal presa: El Cuchillo, se encuentra al 46.17 por ciento de su capacidad, con un almacenamiento de 518 millones de metros cúbicos.

Mientras que la presa Cerro Prieto cuenta con 43.64 millones de metros cúbicos, por lo que se ubica al 14.54 por ciento de llenado. En tanto, la presa La Boca almacena 23.30 millones de metros cúbicos, lo que equivale al 59.01 por ciento de llenado.



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