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Ex director de Metrorrey gana round en tribunales

Sala del Poder Judicial de Nuevo León revoca la vinculación a proceso dictada contra Manuel “G”, ex titular del organismo, y cuatro de sus ex colaboradores.

Rosario Cerda Monterrey, Nuevo León /

La Décima Tercera Sala Penal y de Justicia para Adolescentes, del Poder Judicial del Estado, revocó ayer la vinculación a proceso dictada contra Manuel Benjamín “G”, ex director del Sistema de Transporte Colectivo Metrorrey, y cuatro de sus ex colaboradores, quienes habían sido acusados de los presuntos delitos de ejercicio ilícito del servicio público y contra el patrimonio del estado.

Fuentes judiciales confirmaron a la plataforma MILENIO-Multimedios que este fallo judicial favorece también a Juan Carlos “H”, ex director general adjunto y luego encargado de despacho de la Dirección General del Sistema; y a Miguel Ángel “M”, ex titular de Administración y Finanzas.

Además, la revocación de la vinculación a proceso se hace extensiva a Daisy “G”, encargada de despacho de la Gerencia de Recursos Humanos de Metrorrey, y a Ángel Armando “S”, también ex responsable de Administración y Finanzas.

Los inculpados habían interpuesto un recurso de apelación en contra del auto de vinculación que un juez de control les dictó el 23 de febrero de este año.

El auto de no vinculación a proceso en favor de Manuel Benjamín "G", Juan Carlos "H" y Miguel Ángel “M” se dictó "al no acreditarse hechos que la ley señala como los delitos de ejercicio ilícito de servicio público y contra el patrimonio del estado, ni mucho menos su probable participación en los mismos".

"Se hace extensiva la decisión a los imputados Daisy 'G' y Ángel Armando 'S', por lo cual el juez de control del estado deberá a la brevedad posible realizar las gestiones correspondientes a efecto de que el auto de no vinculación aquí decretados por sus coimputados les beneficie".

El 19 de noviembre de 2021 se presentó una denuncia en la que se inculpaba a Manuel Benjamín “G” y a Juan Carlos “H” por presuntamente causar daño al estado al cobrar dos salarios por el mismo puesto, pese a que el primero no estaba laborando.

Las fuentes consultadas informaron que en su fallo de revocación, la Décima Tercera Sala Penal consideró que la licencia otorgada a Manuel Benjamín “G” para ausentarse de sus labores era “con goce de sueldo y demás prestaciones laborales, lo cual sin prejuzgar sobre su legalidad o licitud al no ser materia de esta revisión, sí se puede considerar como válido pues como se explicó existe una presunción de validez, legalidad y constitucionalidad de los actos de autoridad, así como que la misma no ha sido nulificada por autoridad competente.

“En esas condiciones es innegable que al encontrarse dicha acta emitida por el órgano máximo que rige el ente ofendido, en ejercicio de una de las facultades que la ley le confiere, de ninguna manera puede reputarse inicialmente que la actividad de Juan Carlos “H” haya sido ilícita, al limitarse su actuación a la ejecución de actos autorizados por dicho órgano que es quien rige sus actividades, igualmente que la licencia concedida a Manuel Benjamín “G” es legal y por ende también los emolumentos percibidos por su labor desempeñada, mismos que dispersó o pagó Miguel Ángel “M”.

Por ello, la Décima Tercera Sala Pena decretó el auto de no vinculación a proceso a favor de los inculpados “al no acreditarse hechos que la ley señala como los delitos de ejercicio ilícito de servicio público y contra el patrimonio del estado, ni mucho menos su probable participación en los mismos”.


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