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CNDH exige revisar ley de ciberseguridad en Puebla por riesgo a la libertad de expresión

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos advierte que el artículo 480 del Código Penal estatal podría usarse para censurar opiniones en lugar de proteger a las víctimas de violencia digital.

Puebla. /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) urgió al gobierno de Puebla a modificar el recién incorporado artículo 480 del Código Penal, el cual tipifica el delito de ciberasedio, ante el riesgo de que su redacción ambigua permita restringir indebidamente la libertad de expresión en la entidad.

El organismo autónomo reconoció la importancia de legislar contra la violencia digital, especialmente para proteger a niñas, niños y adolescentes, pero alertó que el lenguaje vago del precepto —publicado este mes de junio—podría ser manipulado para criminalizar opiniones legítimas  en debates de interés público.

¿Qué dice el polémico artículo 480?

El artículo 480 establece penas de hasta tres años de prisión y multas equivalentes a 300 días de salario mínimo para quien, a través de redes sociales o plataformas digitales, "insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle daño físico o emocional".

Sin embargo, la CNDH subrayó que términos como "ofender" o "agravio" son subjetivos y no están definidos con precisión en la ley, lo que abre la puerta a interpretaciones arbitrarias.

"Podría usarse para silenciar críticas a funcionarios o instituciones bajo el pretexto de proteger su ‘integridad emocional’", advirtió en un comunicado.

Preocupación por censura encubierta de justicia

La Comisión enfatizó que, si bien es legítimo sancionar discursos de odio o acoso en línea, el derecho penal no debe convertirse en un instrumento de censura. Citó estándares internacionales que protegen la expresión, incluso cuando las ideas resulten "incómodas o críticas" para el poder.

"El principio de legalidad exige que las leyes sean claras para evitar abusos. En este caso, la ambigüedad del artículo 480 podría llevar a criminalizar el disenso", señaló el organismo. Como ejemplo, mencionó que una opinión periodística dura o una denuncia ciudadana contra una autoridad podrían judicializarse si el afectado alega "daño emocional".

Llamado a una revisión urgente

La CNDH exhortó al Congreso de Puebla y al gobernador Alejandro Armenta Mier a reformular el artículo para:

  • Delimitar con exactitud las conductas punibles (como el acoso reiterado o las amenazas).
  • Excluir expresiones protegidas, como la crítica política o el debate público.
  • Alinear la norma con tratados internacionales firmados por México.

Organizaciones como Artículo 19 y la Red en Defensa de los Derechos Digitales respaldaron el pronunciamiento, recordando que Puebla ya enfrentó críticas en 2021 por una iniciativa similar que buscaba castigar "noticias falsas".

La advertencia ocurre en un momento clave: 18 estados han aprobado leyes de ciberseguridad tras la reforma federal de 2023, pero al menos cinco —incluyendo Jalisco y Guanajuato— han sido impugnadas por vulnerar libertades. Puebla podría sumarse a esa lista si no ajusta su marco legal.

La CNDH no tiene facultades para anular la ley, pero su recomendación aumenta la presión social. Organizaciones civiles anunciaron que monitorearán su aplicación y presentarán amparos si hay casos de censura. Mientras, el gobierno estatal no ha respondido públicamente al llamado.

ERV


Elizabeth Román
  • Elizabeth Román
  • Redactora egresada de la licenciatura en Lingüística de la BUAP, monitoreo el Popocatépetl para informarte sobre su actividad. Mis mejores notas son sobre espectáculos, nota roja y perritos, me encuentras todos los días en TELEDIARIO Puebla.
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