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Si trabajo el 25 de diciembre... ¿cómo se paga? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

¿Te toca trabajar en Navidad? Conoce cuánto dinero extra debes recibir en tu nómina según la Ley Federal del Trabajo y cómo reclamar tu pago triple este 2025.

Guadalajara, Jalisco /

A pesar de que Nochebuena y Navidad son festividades que forman parte de la cultura mexicana y suelen ser días en que muchos mexicanos toman días de descanso o vacaciones, también existe una gran parte de ciudadanos que realizan sus jornadas de manera "ordinaria".

A continuación te decimos qué dice la Ley Federal del Trabajo en caso de que seas requerido en tu trabajo, pues laborar este 25 de diciembre implicará que recibas una paga adicional.

De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 25 de diciembre, día de Navidad, es considerado un día de descanso obligatorio para todas las personas trabajadoras en el país. 

Esta disposición tiene como objetivo que los empleados puedan disfrutar de las festividades sin preocupaciones laborales; sin embargo, debido a la naturaleza de ciertos servicios, algunos sectores requieren que su personal labore en esta fecha.

¿Cuál es el pago por trabajar en Navidad?

Si por acuerdo con tu empleador prestas servicios el 25 de diciembre, la ley es muy clara sobre tu remuneración: tienes derecho a recibir, independientemente del salario que te corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado,,.

En términos prácticos, esto se traduce en un pago triple por la jornada:

  • Tu salario diario normal (que se paga por ser un día de descanso obligatorio).
  • Un salario doble adicional por haber laborado.

Para comprender mejor cómo se refleja esto en tu nómina, a continuación te ponemos algunos ejemplos prácticos:

  • Si un trabajador percibe un salario diario de $300 pesos y labora el 25 de diciembre, su pago por ese día se calculará de la siguiente forma: $300 (por el día festivo) + $600 (doble por trabajar) = $900 pesos en total.
  • Si el 25 de diciembre llegara a coincidir con el día de descanso semanal del trabajador (por ejemplo, si tu descanso semanal son los jueves de manera ordinaria) y este acude a laborar, además del pago triple, el patrón deberá pagar la prima dominical, que es al menos un 25% adicional sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Ojo: Es común la confusión, pero el 24 de diciembre no es un día feriado oficial. Por lo tanto, las horas trabajadas en Nochebuena se pagan de manera regular conforme al contrato vigente, a menos que exista un beneficio superior pactado con la empresa.

A un día de Nochebuena, la calle Madero y el Eje Central lucen saturados. Entre turistas y compras de pánico, el Centro de la CdMx registra una gran afluencia.
Centro Histórico de CdMx colapsa por compras de pánico para Navidad

Excepciones de pago triple

Existen escenarios específicos donde la normativa del pago triple no se aplica de la misma forma o el derecho no se genera:

  • Si no se trabaja el día festivo: El trabajador tiene derecho a descansar y recibir su salario diario íntegro, pero no recibirá el pago doble adicional ya que no se prestó el servicio.
  • Talleres familiares: De acuerdo con el artículo 352 de la LFT, las disposiciones de la ley (incluyendo descansos obligatorios pagados) no se aplican a los talleres familiares (donde solo trabajan cónyuges, ascendientes, descendientes y pupilos), con excepción de las normas de higiene y seguridad.
  • Trabajadores de plataformas digitales: Según las reformas recientes (Art. 291-F), el salario en esta modalidad ya contempla el proporcional de los días de descanso obligatorio, por lo que la ley indica que no procede el pago de un valor adicional por estos conceptos debido a la naturaleza flexible del servicio.
  • Ausencia injustificada: Si el trabajador falta a sus labores el día festivo tras haber acordado trabajar, o si simplemente no le correspondía laborar y no se presentó, solo percibirá su salario diario normal por el derecho al descanso.

¿Qué hacer si no recibes tu pago conforme a la Ley?

Si trabajaste el 25 de diciembre y tu empresa no cumple con la remuneración triple, tienes un plazo de un año para reclamar este monto ante las autoridades laborales,.

La PROFEDET ofrece asesoría, asistencia en conciliación y representación jurídica gratuita para proteger tus derechos,. Para tu primera visita, se recomienda llevar una identificación oficial, el nombre y domicilio de la fuente de trabajo y tus recibos de nómina.

Recibir un pago justo por laborar en días festivos es como recibir una compensación por el tiempo que cedes de tu vida personal; la ley asegura que ese "sacrificio" de tiempo festivo valga tres veces más que una jornada ordinaria.

LG


Luis Gómez
  • Luis Gómez
  • luis.gomez.basulto@gmail.com
  • Editor web en Telediario Guadalajara. Licenciado en Comunicación Pública en UDG, licenciado en Filosofía en el Seminario Diocesano de Guadalajara. Escribo notas policiacas, historias de Jalisco, deportes, religión y noticias internacionales.
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