Senado aprueba en lo general Ley de Amnistía
El dictamen fue aprobado en la Cámara Alta con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones.
CIUDAD DE MÉXICO. – El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Amnistía, con el fin de evitar brotes de COVID-19 (coronavirus) en las prisiones del país.
TE RECOMENDAMOS: Urge aprobar ley de amnistía para evitar brotes de COVID-19 en prisiones: AMLO
Con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones, los senadores decidieron darle el visto bueno al documento que la Cámara de Diputados aprobó en diciembre.
La Ley de Amnistía contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También contempla a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete.
El senador Ricardo Monreal aclaró que “nunca se ha referido que se les otorgue libertad a reos de alta peligrosidad o que atenten contra la estabilidad del país”.
Los beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones: que la sentencia que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.
Aunque a nivel nacional no existe un listado sobre los delitos sujetos a amnistía, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos establece qué sí y qué no puede ser objeto de esta medida:
- El genocidio
- Los crímenes de lesa humanidad: homicidio, esclavitud, violación, tortura, cuando son realizados de manera sistemática, entre otros
- Los crímenes de guerra
- La desaparición forzada
- La tortura
- Violaciones graves de Derechos Humanos
PGG
CIUDAD DE MÉXICO. – El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Amnistía, con el fin de evitar brotes de COVID-19 (coronavirus) en las prisiones del país.
TE RECOMENDAMOS: Urge aprobar ley de amnistía para evitar brotes de COVID-19 en prisiones: AMLO
Con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones, los senadores decidieron darle el visto bueno al documento que la Cámara de Diputados aprobó en diciembre.
La Ley de Amnistía contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También contempla a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete.
El senador Ricardo Monreal aclaró que “nunca se ha referido que se les otorgue libertad a reos de alta peligrosidad o que atenten contra la estabilidad del país”.
Los beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones: que la sentencia que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.
Aunque a nivel nacional no existe un listado sobre los delitos sujetos a amnistía, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos establece qué sí y qué no puede ser objeto de esta medida:
El genocidio Los crímenes de lesa humanidad: homicidio, esclavitud, violación, tortura, cuando son realizados de manera sistemática, entre otros Los crímenes de guerra La desaparición forzada La tortura Violaciones graves de Derechos Humanos- Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
-