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Senado aprueba en lo general Ley de Amnistía

El dictamen fue aprobado en la Cámara Alta con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO. – El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Amnistía, con el fin de evitar brotes de COVID-19 (coronavirus) en las prisiones del país.

TE RECOMENDAMOS: Urge aprobar ley de amnistía para evitar brotes de COVID-19 en prisiones: AMLO 

Con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones, los senadores decidieron darle el visto bueno al documento que la Cámara de Diputados aprobó en diciembre.

La Ley de Amnistía contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También contempla a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete.

El senador Ricardo Monreal aclaró que “nunca se ha referido que se les otorgue libertad a reos de alta peligrosidad o que atenten contra la estabilidad del país”.

Los beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones: que la sentencia que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.

Aunque a nivel nacional no existe un listado sobre los delitos sujetos a amnistía, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos establece qué sí y qué no puede ser objeto de esta medida:

  • El genocidio
  • Los crímenes de lesa humanidad: homicidio, esclavitud, violación, tortura, cuando son realizados de manera sistemática, entre otros
  • Los crímenes de guerra
  • La desaparición forzada
  • La tortura
  • Violaciones graves de Derechos Humanos

 

PGG 

CIUDAD DE MÉXICO. – El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Amnistía, con el fin de evitar brotes de COVID-19 (coronavirus) en las prisiones del país.

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Con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones, los senadores decidieron darle el visto bueno al documento que la Cámara de Diputados aprobó en diciembre.

La Ley de Amnistía contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También contempla a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete.

El senador Ricardo Monreal aclaró que “nunca se ha referido que se les otorgue libertad a reos de alta peligrosidad o que atenten contra la estabilidad del país”.

Los beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones: que la sentencia que tenga el inculpado sea la primera; que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y, no se hayan utilizado o empleado armas de fuego.

Aunque a nivel nacional no existe un listado sobre los delitos sujetos a amnistía, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos establece qué sí y qué no puede ser objeto de esta medida:

El genocidio Los crímenes de lesa humanidad: homicidio, esclavitud, violación, tortura, cuando son realizados de manera sistemática, entre otros Los crímenes de guerra La desaparición forzada La tortura Violaciones graves de Derechos Humanos
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