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¿Te quedaste sin trabajo? Apoyo al Desempleo para el Bienestar, de cuánto es el monto y cuáles son los requisitos

La convocatoria del Apoyo al Desempleo para el Bienestar hace un llamado a los mexiquenses en situación de desempleo para realizar su registro y ser beneficiarios de hasta nueve mil pesos.

Ciudad de México /

El gobierno del Estado de México, a través de la Secretaría del Trabajo, ha abierto la convocatoria del programa social ”Apoyo al Desempleo para el Bienestar” para que mexiquenses de entre 18 y 64 años de edad en situación de desempleo reciban un apoyo económico de hasta nueve mil pesos.

El apoyo consiste en la transferencia de recursos en, al menos, tres ocasiones de manera mensual, además de la vinculación a un empleo formal, a través de las Oficinas Regionales de Empleo (ORE).



El registro de solicitudes podrá realizarse de forma presencial o vía Internet a partir del 22 de junio de 2026 y hasta el 26 de junio y 5 de julio, según sea el caso. Los interesados deben estar en condición de desempleo por causas o situaciones ajenas a su voluntad en los últimos 18 meses, entre otros requisitos.

Quiénes pueden ser beneficiarios

El programa tiene como objetivo beneficiar a los habitantes del Estado de México que integran la población económicamente activa (PEA), de 18 a 64 años de edad y se encuentren en condición de desocupación.

La persona solicitante deberá cumplir con los siguientes criterios de selección:

  • Ser de nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización
  • Tener entre 18 a 64 años de edad
  • Residir en el Estado de México
  • Presentar condición de desempleo por causas o situaciones ajenas a su voluntad en los últimos 18 meses

De cuánto es el monto del Apoyo al Desempleo para el Bienestar

El programa impulsado por el gobierno mexiquense consiste en dos tipos de apoyo: monetario y en servicios. El primero se trata de la transferencia de recursos monetarios, en una y hasta en tres ocasiones de manera mensual.


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El monto del apoyo económico será por la cantidad de tres mil pesos en cada depósito por persona, lo que puede sumar un total de nueve mil pesos en tres ocasiones. Además, las persona beneficiarias podrán vincularse a un empleo formal a través de las Oficinas Regionales de Empleo (ORE).

Cómo registrarme al Apoyo al Desempleo para el Bienestar

A partir del 22 de junio, las personas interesadas pueden registrarse de forma digital o presencial. En el primer caso, los solicitantes tienen hasta el 5 de julio para realizar su registro:

  • Ingresar a la página web de la Secretaría del Trabajo del Estado de México
  • Dar clic en la liga o banner correspondiente al sistema de registro
  • Cumplir con los criterios de selección y documentación solicitada
  • Llenar el Formato Único de Bienestar (FUB)
  • Adjuntar la documentación requerida en archivos digitales en formato PDF (no se aceptarán fotografías)

Por otra parte, las personas que realicen su registro de manera personal deberán acudir a los módulos que se instalarán en las Oficinas Regionales de Empleo, del 22 al 26 de junio de 2026 de 9:00 a 18:00 horas.

Qué documentos debo presentar

Si cumples con los criterios de selección, debes presentar la siguiente documentación:

  • Acta de nacimiento
  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cartilla de identidad postal, licencia de conducir expedida en el Estado de México)
  • CURP impresa o biométrica, con vigencia no mayor a 3 meses previos a la fecha de entrega de la documentación
  • Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 6 meses previos a la fecha de entrega de la documentación
  • Formato Único de Bienestar (FUB) debidamente requisitado
  • Carta bajo protesta de decir verdad. Debe manifestar su voluntad de incorporarse al mercado laboral formal y no ser persona beneficiaria de algún programa social que otorgue apoyos monetarios o en especie

Debes acreditar que el desempleo ocurrió en los últimos 18 meses, mediante alguno de los documentos siguientes:

  • Constancia laboral en la que menciona haber laborado para alguna empresa o institución.
  • Baja emitida por el instituto de seguridad social al que fue afiliada(o)
  • Documento que emita alguna autoridad competente en materia laboral, en la cual se exponga haber laborado en una empresa o institución y que actualmente se encuentra en un procedimiento legal


Como requisitos adicionales, las personas con enfermedades crónico-degenerativas o aquellas con alguna discapacidad, deberán acreditar dicha condición mediante documento expedido por una institución pública o privada, o bien, por un profesional del área médica debidamente certificado.

Las personas repatriadas deberán acreditar dicha condición mediante documento oficial emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) o, en su caso, por la Coordinación de Asuntos Internacionales del Gobierno del Estado de México. Asimismo, quedarán exentas de presentar la documentación que acredite la situación de desempleo en los últimos 18 meses.


JGBM



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