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Atención. ¿Vendedores de vapeadores serán multados tras prohibición en México? Esto sabemos

Conoce qué es lo que dice la ley mexicana sobre la venta de vapeadores y cigarros eléctricos, así como si pueden multar a los vendedores de estos artículos.

Ernesto Guzmán Ciudad de México /

El 16 de enero de 2026 marcó un antes y un después para el comercio de alternativas al tabaco en México. Con la entrada en vigor de la reforma a la Ley General de Salud, los vendedores de vapeadores y cigarrillos electrónicos se encuentran ahora en una posición legal sumamente vulnerable.

Lo que antes operaba en un área gris o bajo amparos, hoy enfrenta una prohibición tajante que emana directamente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La nueva normativa no solo busca limitar el consumo, sino desmantelar la estructura comercial que sostiene estos productos. Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se han adicionado párrafos a los artículos 4to y 5to de la Constitución.

¿Vendedores de vapeadores y cigarros electrónicos serán multados?

Para cualquier comerciante, el punto crítico es la modificación al artículo 5to, que establece que “Queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades relacionadas con estos dispositivos”. 

Esto significa que, legalmente, ya no existe una vía permitida para dedicarse a la venta de vapeadores en territorio nacional.

A pesar de la severidad del marco legal, la realidad en las calles de la Ciudad de México muestra un panorama de resistencia o falta de cumplimiento inmediato.

En recorridos realizados por TELEDIARIO en la alcaldía Cuauhtémoc, específicamente en el Barrio Chino y las cercanías de la Alameda Central, se ha detectado que muchos comerciantes siguen operando con normalidad.

En estos puntos, los vendedores ofrecen diversas marcas y sabores en puestos semifijos, exhibiendo el producto a plena vista de los transeúntes, a pesar de que la ley ya sanciona cualquier actividad de comercialización. Esta exposición los coloca como el eslabón más visible y vulnerable ante los operativos de las autoridades.

Cárcel y multas económicas para vendedores

El costo de ignorar esta nueva normativa es sumamente elevado para quien decide seguir distribuyendo. Los vendedores que infrinjan los decretos pueden enfrentar penas de 1 a 8 años de prisión. Esto aplica para pequeños comerciantes y grandes tiendas.

Pero el golpe no es solo a la libertad, sino también al patrimonio. Las multas económicas se han fijado entre 100 y 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

En términos monetarios actuales, esto se traduce en una sanción mínima de aproximadamente 11 mil 731 pesos, que puede escalar hasta los 234 mil 620 pesos para las infracciones más graves. 

La autoridad busca, a través de estas sanciones, erradicar por completo la oferta de estos dispositivos en el mercado mexicano.

SCM

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