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Cuándo es el último día para recibir tus utilidades en Querétaro en 2026

Todos los trabajadores de planta en una empresa del estado de Querétaro y de México tienen derecho de recibir utilidades.

Diego Barrón Querétaro /

La entrega de utilidades en México, incluyen al estado de Querétaro es un derecho constitucional que tienen los colaboradores para recibir una parte de las ganancias generadas por una empresa en el tiempo que llevan trabajando o trabajaron en un lugar donde prestaron sus servicios.

​Año con año este beneficio llega como un apoyo para la economía de muchos mexicanos, pero el tiempo de entrega es limitado, a aquí te contamos cuándo es el último día para que las empresas las entreguen en el estado de Querétaro.

Cuándo es el último día para recibir tus utilidades

Las utilidades tienen un mes de límite para que las empresas repartan este derecho a sus colaboradores, el inicio es en el mes de mayo y el último día para que sean pagadas es el día 30 de mayo de 2026 para las personas que aún siguen dentro de la corporación.

Si trabajas para una persona física (patrón) se deberán entregar antes del 29 de junio, al igual que para exempleados que estuvieron en una empresa el año pasado.

Para conocer o tener un estimado de cuánto recibirás de utilidades debes tener en cuenta cuánto generó la empresa el año pasado para calcular el 10% de esa cantidad, tener en cuenta tu salario y días trabajados.

Quiénes reciben utilidades

De acuerdo con la Secretaría del trabajo y Prevención Social las utilidades deben ser entregadas a trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento. Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada.

La entrega de utilidades no aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

También quienes no reciben utilidades son empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.


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