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Sabino 'N' exigía 12 mil pesos a mujer para no difundir imágenes íntimas en San Mateo Atenco; es detenido

Sabino 'N' podría estar relacionado con más casos de extorsión bajo el mismo método de amenaza sobre la difusión de imágenes íntimas en redes sociales en la zona de San Mateo Atenco, Estado de México.

Abadiel Martínez Estado de México /

En una acción coordinada en el municipio de San Mateo Atenco, elementos de la Secretaría de Seguridad del Estado de México lograron la detención de Sabino 'N', un hombre de 47 años señalado por su presunta participación en el delito de extorsión. 

La captura se efectuó en el Barrio Guadalupe después de que una mujer solicitara auxilio directo a los agentes que realizaban el Operativo Blindaje, denunciando que el individuo la amenazaba con difundir imágenes personales e íntimas en redes sociales si no le entregaba dinero.

De acuerdo con las indagatorias iniciales, el detenido exigía a la víctima la cantidad de 12 mil pesos para no vulnerar su privacidad.

Además, durante la inspección, los uniformados confiscaron un teléfono celular y dos documentos tipo pagaré, los cuales presuntamente utilizaba para presionar económicamente a la mujer. 

Sabino 'N' fue trasladado ante el Ministerio Público, donde se definirá su situación legal y las autoridades investigan la posible existencia de más víctimas, ya que este mecanismo de presión se ha vuelto recurrente en la región para obtener beneficios económicos ilícitos.

¿Es delito difundir fotos íntimas o amenazar con hacerlo en Edomex?

De acuerdo con el Código Penal del Estado de México y otras leyes, estas conductas constituyen delitos graves bajo el amparo de la Ley Olimpia, la cual integra reformas legislativas diseñadas para reconocer y sancionar la violencia digital en dicha entidad. 

Se define como violencia digital cualquier acción realizada a través de tecnologías de la información que consista en exponer, distribuir, exhibir o intercambiar imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual sin que medie el consentimiento, aprobación o autorización de la persona afectada.

El Código Penal Estatal, en sus artículos 211 Ter y 211 Quarter, es sumamente claro con las consecuencias de estos hechos, ya que en ellos se estipula que se castiga tanto a quien publica el material como a quien coaccione, intimide o exija dinero u otros beneficios bajo la amenaza de difundir dicho contenido. 

Las sanciones establecidas incluyen penas de 1 a 5 años o de 3 a 7 años de prisión, además de multas que oscilan entre los 17 mil 376 y los 43 mil 400 pesos aproximadamente. 

Estas penas pueden duplicarse si el ilícito se comete contra una persona menor de 18 años.

La ley enfatiza que el consentimiento sexual debe ser libre, afirmativo, informado y reversible en cualquier momento. 

Difundir este contenido sin autorización es una violación virtual con impacto real, provocando daños emocionales profundos como ansiedad y depresión. 

Ante un caso de extorsión o filtración, las autoridades recomiendan guardar evidencia (capturas y enlaces), no interactuar con el agresor para evitar la viralización y denunciar de inmediato ante el Ministerio Público o la Policía Cibernética.

TEHV

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