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Oficial. Scooters y bicis eléctricas se deben emplacar en CdMx; estas son las fechas y requisitos

¡Evita multas! Conoce la fecha límite para emplacar tu scooter o bici eléctrica en CdMx y los nuevos requisitos de la SEMOVI.

Ciudad de México /

El paisaje urbano de la Ciudad de México está a punto de experimentar una transformación regulatoria significativa con la entrada en vigor del nuevo ordenamiento para la micromovilidad.

La administración capitalina ha formalizado lineamientos estrictos para los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) que buscan reducir incidentes viales y organizar el flujo en las calles.

¿Quiénes están obligados a emplacar scooters y bicis eléctricas en CdMx? 

La normativa se aplica a cualquier unidad eléctrica que supere una velocidad de 25 kilómetros por hora o posea una potencia de motor entre los 250 watts y un kilowatt.

Estos vehículos se categorizan en dos grupos según su peso: el Tipo A para unidades que no excedan los 35 kilogramos, y el Tipo B para aquellas que pesen entre 35 y 350 kilogramos.

¿Hasta cuándo puedo emplacar mi scooter y bici eléctrica en CdMx 2026?

El proceso de regularización cuenta con tres momentos clave que los propietarios deben marcar en su agenda para evitar contratiempos con la autoridad:

  • 1 de julio de 2026: Arranca formalmente el periodo de registro y la expedición de licencias específicas para estos conductores. A partir de este día, cualquier vehículo nuevo que se adquiera en la ciudad deberá ser entregado ya emplacado directamente desde el punto de venta.
  • 1 de septiembre de 2026: La Secretaría de Seguridad Ciudadana comenzará a aplicar el reglamento de tránsito y a sancionar a quienes no cumplan con las disposiciones vigentes.
  • 20 de noviembre de 2026: Representa el último día oficial para que los usuarios que ya poseían un vehículo antes de la reforma concluyan su trámite de emplacamiento y registro.

Requisitos de circulación y nuevas prohibiciones para scooters y bicis eléctricas

Para transitar de forma legal, será indispensable portar placa, engomado, tarjeta de circulación y contar con una licencia de conducir tipo A1 o A2.

En cuanto a las medidas de seguridad, el uso de casco y chaleco reflectante se vuelve obligatorio para el conductor.

Asimismo, queda estrictamente prohibido circular por banquetas, carriles confinados para transporte público o vías de alta velocidad, además de que los menores de edad no podrán operar estas unidades motorizadas.

Ignorar estas nuevas reglas tendrá un impacto directo en la economía de los infractores.

Las sanciones iniciales se han fijado en 10 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), aproximadamente mil 175 pesos, escalando a 15 UMAs por una tercera falta y hasta 20 UMAs, cerca de 2 mil 350 pesos, en casos de reincidencia persistente.

​SCM

Sara Morales
  • Sara Morales
  • sara.morales@telediario.mx
  • Editora web de Ciudad de México. Licenciada en Comunicación y Periodismo por la FES Aragón, UNAM, con preespecialización en radio. Apasionada por informar día a día sobre las historias de CdMx y amante del maquillaje.
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