De acuerdo con el artículo 398 del Código Penal, el responsable del delito de despojo de cosa, inmueble o de aguas, se le sancionará con una pena de 2 a 7 años de prisión.
El Colegio de Notarios de Nuevo León planteó abatir la problemática con un trabajo coordinado entre los Notarios, Congreso, Fiscalía y el Instituto Registral y Catastral.
El funcionario estatal expuso que del 2007 a la fecha los penales incrementaron su población de cinco mil a 10 mil reclusos, y la mayor parte de estos, por delitos patrimoniales.
Señalan que algunas leyes tienen 30 a 40 años de rezago, por lo que es necesario reformar el código penal, pues en ese entonces se vivía otra realidad social.