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¿Renunciaste el año pasado? Aún tienes derecho al reparto de utilidades 2026; así puedes reclamar tu dinero

¡Qué no se te pase! Aquí te decimos cómo reclamar el reparto de utilidades si renunciaste el año pasado en una empresa.

Ciudad de México /

El derecho al reparto de utilidades genera dudas frecuentes entre quienes ya no laboran en su anterior centro de trabajo. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), haber terminado la relación laboral durante el año anterior no anula este beneficio económico.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una prestación obligatoria para las empresas que generaron ganancias durante el ejercicio fiscal anterior. En este caso, el pago correspondiente a 2026 se basa en las utilidades generadas por el patrón del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.

Una mujer adulta mayor observando y tocando la ropa de un maniquí
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¿Quiénes tienen derecho al pago si ya no trabajan en la empresa?

No todas las personas que dejaron su empleo pueden reclamar este dinero. La normativa oficial señala criterios específicos para los extrabajadores. La Profeder indica en su guía de derechos:

"Tienen derecho a recibir esta prestación los extrabajadores de planta y eventuales que hayan laborado al menos 60 días durante el año fiscal anterior".

Si una persona renunció o fue despedida en 2025, pero cumplió con ese periodo mínimo de dos meses de servicio, su nombre debe aparecer en el proyecto de reparto de la empresa.

Fechas límite para el cobro en 2026

El calendario para los extrabajadores es el mismo que para el personal activo. El plazo depende directamente del tipo de patrón para el que se laboró:

  • Empresas (Personas Morales): El periodo de entrega inició el 1 de abril y la fecha límite es el 30 de mayo de 2026.
  • Patrones físicos (Personas Físicas con actividad empresarial): El periodo inicia el 1 de mayo y concluye el 29 de junio de 2026.

Es responsabilidad del interesado contactar al área de Recursos Humanos para verificar el monto y el método de pago, que suele realizarse mediante cheque o transferencia bancaria.


¿Cómo reclamar el pago de utilidades si renuncié el año anterior?

Si el patrón cumple con las fechas y el extrabajador cumple con los requisitos, el pago debe efectuarse sin condiciones. Sin embargo, en casos de negativa, las autoridades ofrecen mecanismos de apoyo gratuitos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclara que las empresas que reportaron ingresos anuales menores a 300 mil pesos están exentas de este reparto. Fuera de esa excepción, el incumplimiento puede derivar en multas de hasta 565 mil pesos según el artículo 994 de la LFT.

Para iniciar una reclamación, el extrabajador tiene un plazo de un año a partir de la fecha límite de pago. La Profedet pone a disposición los números 800 911 7877 y 800 717 2942 para brindar asesoría legal y mediación con el empleador.


Recuerde que este monto se divide en dos partes: una proporcional a los días trabajados y otra basada en el salario percibido durante el tiempo laborado en 2025.

ZNR

Zac Nicté Ramos
  • Zac Nicté Ramos
  • zac.ramos@telediario.mx
  • Coordinadora web en Telediario CdMx. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la FCPyS de la UNAM. Narradora de historias, datos curiosos y el acontecer de la Ciudad de México
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