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La Secretaría de Salud no podrá obligar a médicos a practicar abortos: Roberto Bernal

En la Secretaría de Salud ya fue recibido un primer listado de médicos objetores por conciencia que rechazan ser considerados en la práctica.

Editorial Telediario Nacional /

Torreón.- Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la despenalización del aborto en entidades como Coahuila que estaba establecido como delito en el Código Penal, la Secretaría de Salud no podrá obligar a los médicos a practicar procedimientos para la interrupción del embarazo sí no desean hacerlo.

Roberto Bernal, titular de la dependencia, indicó que seguirán las indicaciones que queden establecidas en la Ley General de Salud que deberá ser reformada por el Congreso del Estado, sin embargo, reconoció que no pueden obligar al personal a realizar abortos si no desean participar en dichos procedimientos ginecobstétricos.

“Vamos a seguir las indicaciones que la Cámara nos diga no es una decisión nuestra, una vez que ellos marquen la pauta nosotros deberemos acatar, lo que si te digo es que no podemos obligar a ningún médico a hacer abortos, eso va a ser voluntario, yo no puedo obligarlos”, enfatizó.

En la Secretaría de Salud ya fue recibido un primer listado de médicos objetores por conciencia que rechazan ser considerados en la práctica de procedimientos médicos para la interrupción de embarazos al considerarse personas pro-vida.

Al ser cuestionado sobre el procedimiento que deberán seguir las mujeres que deseen hacer uso de su derecho para abortar, el funcionario estatal dijo que están a la espera de la reforma a la ley, “Esos protocolos nos los debe marcar la cámara de diputados local, aún no los tenemos definidos”, Sostuvo.

Además, señaló que los hospitales cuentan con la infraestructura y recursos para atender las solicitudes de interrupción de la gestación, toda vez que son procedimientos de legrado que actualmente se practican por múltiples causas médicas cuando el producto deja de tener signos vitales.

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en Coahuila

 

 Mediante su cuenta oficial de Twitter la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer que de manera oficial declara inconstitucional la criminalización total del aborto.

La Suprema Corte resolvió por unanimidad de diez votos que es completamente inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, por lo que con esto por primera vez se pronuncia a favor de garantizar el derecho a las mujer y personas gestantes a decidir si ser madres o no, sin temor a represalias legales.

Con esto se invalida el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, el cual establecía pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciera abortar con el consentimiento de ella.

De igual manera la decisión se extiende al artículo 198, en donde en una porción se impedía a que las mujeres fueran asistidas por personal sanitario en un aborto voluntario.

También invalidó porciones del artículo 199 que criminalizaba el aborto y limitaba a doce semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial.

“Es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Por primera vez, la Corte se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales”, escribió la Suprema Corte de Justicia de la Nación Mediante sus redes sociales.

 

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